Las ayudas irán reduciéndose de forma escalonada a a razón de un 7,5% cada trimestre
Entre el 1 de octubre y finales de año, el descuento pasará a ser del 57,5% en el caso de los consumidores vulnerables
Con la llegada del frío, es hora de poner en marcha la calefacción o utilizar otros sistemas de climatización que ayuden a combatir las bajas temperaturas. Sin embargo, hay muchas personas que no tienen acceso a este recurso, considerado básico por la mayoría. A esto se le conoce como pobreza energética, y para combatirla, el Gobierno ha implementado ayudas. Uno de los ejemplos es el llamado Bono Social, el cual desde octubre ha cambiado de forma radical de forma que tocará pagar más, una situación que irá a peor cada trimestre.
El Bono Social es un programa de apoyo económico diseñado para ayudar a familias con bajos ingresos a cubrir los gastos de electricidad y calefacción durante los meses más fríos. Esta iniciativa busca aliviar las dificultades que enfrentan muchas personas para pagar sus facturas y, de este modo, mitigar el impacto de la pobreza energética.
Índice de Contenidos (11)
- Lo que cambia en el Bono Social
- Quién puede solicitarlo
- Consumidor vulnerable
- Consumidor vulnerable severo
- Consumidor en riesgo de exclusión social
- Hogar con bajos ingresos
- Bono Social Eléctrico, como pedirlo
- Tope para los descuentos
- ¿Cuándo se aplicará el Bono Social?
- ¿Durante cuánto tiempo se aplicará el bono social?
- Cómo acceder al Bono Social Térmico
El Bono Social Eléctrico es un descuento que se aplica sobre el PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor), a un límite máximo de energía en el periodo de facturación.
En cuanto al Bono Social Térmico, tal y como se detalla en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, es una ayuda directa dirigida a quienes ya son beneficiarios del Bono Social Eléctrico. Esta ayuda permite reducir la factura de la luz, aplicándose, por ejemplo, a los gastos de calefacción o agua caliente sanitaria. Es una medida diseñada específicamente para quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad energética.
Lo que cambia en el Bono Social
Todo cambia desde octubre. El Gobierno, mediante el Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico ha establecido las nuevas bonificaciones y descuentos para los beneficiarios del bono social. Unas ayudas que irán reduciéndose cada trimestre de forma escalonada a a razón de un 7,5% trimestral. Una reducción que afectará a los descuentos en los hogares vulnerables o muy vulnerables.
De esta forma, la primera rebaja ha tenido lugar hace unos días. Entre el 1 de octubre y el final del año, los consumidores con tarifa PVPC recibirán un descuento del 57,5% en sus facturas si son considerados vulnerables, incluyendo a todas las familias numerosas sin importar sus ingresos. Para aquellos clasificados como vulnerables severos, el descuento será del 72,5%.
Bajadas cada trimestre. A partir del 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo, estos porcentajes disminuirán al 50% y al 65%, respectivamente. Entre el 1 de abril y el 30 de junio, la reducción será del 42,5% para los vulnerables y del 57,5% para los vulnerables severos.
Desde el 1 de julio de 2025 en adelante, los descuentos serán del 35% para los hogares vulnerables y del 50% para los vulnerables severos. Esta medida, de carácter permanente, representa una protección superior a la que se ofrecía antes de la crisis energética de 2021 y 2022, cuando los descuentos eran del 25% y del 40%, respectivamente.
El descuento se aplica tanto al término de energía como al término de potencia del PVPC. En el término de energía, existe un límite anual de energía con derecho a descuento, calculado de manera prorrateada entre los días de cada periodo de facturación. La energía no consumida con derecho a descuento se acumula de los periodos de facturación de los doce meses anteriores. La energía que supere ese límite se facturará al PVPC sin descuento.
Quién puede solicitarlo
Los requisitos. Para acceder al Bono Social Térmico incluyen contar con el Bono Social Eléctrico y beneficiarse de un único pago anual que se deduce de las facturas del gas, aliviando los costes de la calefacción. Por lo tanto, el primer paso es solicitar el Bono Social Eléctrico, como ya hemos explicado. Una vez aprobado, el Bono Social Térmico se concede automáticamente y su gestión recae en las Comunidades Autónomas, aunque es financiado a través de los Presupuestos Generales del Estado.
Podrán solicitar el Bono Social todas aquellas personas que se puedan agrupar en uno de estos colectivos:
- Consumidor vulnerable
- Consumidor vulnerable severo
- Consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social
- Hasta el 30 de junio de 2024, consumidor miembro de un “hogar con bajos ingresos según el Real Decreto-ley 18/2022”, siempre que reúna las siguientes condiciones generales
Consumidor vulnerable
Para ser considerado “consumidor vulnerable” el solicitante deberá cumplir uno de estos cuatro requisitos.
El primer requisito es que el nivel de renta de la Unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.600 euros al año). Si la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador anterior se incrementará en 0,3 (2.520 euros al año) por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 (4.200 euros al año) por cada menor de edad de la unidad de convivencia. Además, el multiplicador resultante se incrementará en 1 si se dan circunstancias especiales.
- Algún miembro de la Unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Es víctima de violencia de género
- Es víctima del terrorismo
- Se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III
- La unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Además, el segundo requisito es estar en posesión del título de familia numerosa.
El tercer requisito para poder solicitar el bono es que el propio consumidor o en caso de que exista Unidad de convivencia, todos los miembros que tengan ingresos, sea(n) pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que cumplan estas dos condiciones:
- Perciban la cuantía mínima vigente en cada momento para cada tipo de pensión
- En el caso de percibir otros ingresos, que la cuantía agregada anual no supere los 500 euros
El cuarto requisito de debe cumplir el solicitante es que tanto el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
Consumidor vulnerable severo
En este caso, consumidor vulnerable severo, es aquel que percibe una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado vulnerable. Si el hogar posee el título de familia numerosa, el umbral se incrementa a 2 veces el IPREM, es decir, unos 16.800 euros anuales. Para pensionistas con ingresos limitados, el umbral se fija en 1 vez el IPREM, equivalente a 8.400 euros al año.
- Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
- Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.800 euros.
- Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.400 euros.
- Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Consumidor en riesgo de exclusión social
Para considerarse en riesgo de exclusión social, los usuarios deben cumplir los requisitos de vulnerabilidad severa y, además, recibir apoyo de los servicios sociales de una administración pública, que cubra al menos el 50% de su factura de electricidad bajo el PVPC. En caso de que no puedan pagar temporalmente, no se les podrá cortar el suministro.
Hogar con bajos ingresos
Otro de los posibles solicitantes será aquel que pertenezca al considerado “hogar con bajos ingresos según el Real Decreto-ley 18/2022”.
Esta figura se puede dar si el nivel de renta de la Unidad de convivencia es igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas y superior a 1,5 veces dicho indicador, es decir, si el nivel de renta se sitúa entre 12.600 y 16.800 euros/año.
Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador anterior se incrementará en 0,3 (2.520 euros/año) por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 (4.200 €/año) por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
Adicionalmente, el multiplicador resultante se incrementará en 1 si se dan las circunstancias especiales mencionadas para consumidores vulnerables.
Bono Social Eléctrico, como pedirlo
COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA |
TELÉFONO PARA EL CONTACTO |
DIRECCIÓN POSTAL |
CORREO ELECTRÓNICO |
---|---|---|---|
800 760 333 |
Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla |
||
900 200 708 |
Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid |
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900 100 283 |
Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid |
||
900 902 947 |
Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo |
||
900 10 10 05 |
Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander |
||
900 814 023 |
Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 - 33080 Oviedo |
||
800 007 943 |
Aptdo. Correos 6 52006 Melilla |
||
Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U. para Ceuta |
900 106 004 |
Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta |
Para solicitar el Bono Social, basta con contactar con tu comercializadora de energía. Ellos te indicarán los canales adecuados para enviar la documentación, que incluirá los DNI o NIE de los miembros del hogar, el certificado de empadronamiento y el libro de familia. Toda esta información se puede enviar fácilmente tomando fotografías con el móvil. Esto es lo que hará falta:
- Modelo de solicitud: Por medio del formulario descargable desde la web de la comercializadora de referencia.
- Fotocopia del NIF/NIE: Del titular del punto de suministro y, si aplica, de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y los menores de 14 años que dispongan de él).
- Certificado de empadronamiento: Individual o conjunto de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Documentación del estado civil:
- Si no forma parte de una unidad de convivencia: hoja individual del Registro Civil u otro documento oficial que acredite el estado civil del solicitante.
- Si forma parte de una unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, certificación de inscripción como pareja de hecho o documento público que acredite dicha situación. Si aplica, resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento.
- Título de familia numerosa: En caso de familias numerosas, copia del título en vigor.
Cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias se deberá aportar, además:
- Certificado o documento acreditativo emitido por los servicios sociales del órgano competente para las circunstancias especiales de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo o situación de dependencia reconocida de grado II o III.
- Fotocopia del libro de familia y del certificado de empadronamiento en caso de cumplir la circunstancia especial de que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
En la web del ministerio se encuentran todos los detalles sobre las distintas opciones que ofrece este Bono Social Eléctrico.
Tope para los descuentos
Este bono tiene un límite máximo de energía bonificada anual que varía según el tipo de unidad familiar: desde 1.587 kWh para una unidad de convivencia formada por dos personas o demandante individual y hasta 4.761 kWh para familias numerosas o un hogar con cinco o más personas. Los límites de energía que tienen derecho a descuento son los siguientes:
Categoría |
Límites máximos al consumo anual |
---|---|
Unidad de convivencia formada por dos personas o demandante individual |
1.587 kWh |
Unidad de convivencia formada por tres personas / Pensionistas (cuantía mínima) / Unidad de convivencia formada por dos personas siendo una de ellas un menor. |
2.222 kWh |
Unidad de convivencia formada por cuatro personas / Unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores. |
2.698 kWh |
Unidad de convivencia formada por cinco o más personas / Unidad de convivencia formada por cuatro personas siendo tres de ellas menores / Familias numerosas. |
4.761 kWh |
¿Cuándo se aplicará el Bono Social?
La comercializadora tiene un plazo de 10 días hábiles, desde que recibe la solicitud del Bono Social con toda la documentación necesaria, para informar al solicitante sobre el resultado de las verificaciones. En caso de rechazo, debe indicar las razones de la denegación.
El Bono Social comenzará a aplicarse desde el primer día del ciclo de facturación en el que se haya recibido la solicitud completa y se verá reflejado en la primera factura emitida al menos 15 días hábiles después de la recepción de la solicitud. De lo contrario, se aplicará en la factura siguiente
¿Durante cuánto tiempo se aplicará el bono social?
El bono social se otorgará por un periodo de dos años, siempre y cuando no se pierda alguna de las condiciones que justifican su concesión.
La fecha de validez del bono social se muestra en todas las facturas eléctricas. El consumidor debe informar al comercializador sobre cualquier cambio que implique la pérdida del estatus de consumidor vulnerable dentro del mes siguiente al cambio.
Cómo acceder al Bono Social Térmico
Para acceder al Bono Social Térmico, no es necesario realizar ningún trámite adicional si ya se cuenta con el Bono Social Eléctrico. Este se concede automáticamente, aunque la cantidad a recibir depende de factores como los ingresos del solicitante y la zona climática en la que viva. .
El proceso para determinar la ayuda del Bono Social Térmico empieza con el envío de un listado, antes del 15 de enero de cada año, por parte de los Comercializadores de Referencia a la Dirección General de Política Energética y Minas. Este listado incluye a todos los beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. A partir de estos datos, el Ministerio calcula la distribución del presupuesto entre las Comunidades Autónomas, que serán las encargadas de comunicar a los beneficiarios la concesión del bono y de gestionar el pago. Estas entidades informarán a los usuarios sobre la ayuda y les ofrecerán la posibilidad de renunciar a ella si lo desean.
Foto de portada | Pixabay
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