En España existen dos mercados a la hora de contratar nuestra tarifa de gas: el libre y el regulado, este último también conocido como Tarifa de Último Recurso o TUR. Ambos ofrecen diferentes ventajas e inconvenientes y hasta hace algo más de un año precios competitivos que nos permitían elegir entre múltiples ofertas y compañías.
Sin embargo, ahora todo ha cambiado y la situación de crisis energética en la que estamos inmersos ha hecho que las diferencias en ambas tarifas se hayan ido agrandando rápidamente. Tanto que en los últimos meses contratar en uno u otro mercado puede suponer multiplicar por cuatro la factura a final de mes.
De ahí que de cara a pasar el próximo invierno la tarifa que más valga la pena sea la TUR, con precios limitados y regulados por el Gobierno que tendrán subidas contenidas y nos permitirán hacer uso de nuestras cocinas y calefactores sin pagar una fortuna. Muy bien, pero ¿cómo puedo contratar esta tarifa regulada para poder ahorrar?, ¿con quién tengo que contactar, a qué compañía llamo y qué requisitos me van a pedir?
Con quién contrato: compañías comercializadoras disponibles
Para empezar, a diferencia de en el caso del mercado libre donde existen multitud de opciones de compañías comercializadoras con las que contratar el gas, al pasarnos a una tarifa TUR este número es muy limitado y además está regulado por el Gobierno, siendo las siguientes según podemos leer en este documento de la CNMC:
Comercializadora | Página Web | Teléfono | |
---|---|---|---|
Baser Comercializadora de Referencia | 900 902 947 | atcliente@basercor.es | |
Energía XXI (Endesa) | 800 760 333 | cliente@energíaxxi.com | |
Comercializadora Regulada Gas & Power (Naturgy) | 900 370 800 | cliente@comercializadoraregulada.es | |
Curenergía Comercialización de Último Recurso (Iberdrola) | 900 100 309 | clientes@curenergia.es |
Para contratar la tarifa TUR habrá que contactar con alguna de ellas a través de su página web o bien llamando por teléfono y ver si pueden dar servicio en nuestra zona así como indicar qué tipo de tarifa vamos a contratar de entre las que hay disponibles. El problema al que se están enfrentado los clientes es que incluso teniendo en cuenta esta teoría, las comercializadoras lo están poniendo muy difícil para contratar.
Qué tipo de tarifa puedo contratar
Actualmente, si somos usuarios particulares con consumos reducidos o moderados de gas cada año tenemos las siguientes tres opciones de tarifa regulada TUR:
- TUR.1: para consumos inferiores o iguales a 5.000 kWh/año.
- TUR.2: para consumos superiores a 5.000 kWh/año e inferiores o iguales a 15.000 kWh/año.
- TUR.3: para consumos superiores a 15.000 kWh/año e inferiores o iguales a 50.000 kWh/año.
Si somos una comunidad de vecinos con gran consumo de gas que supera los 50.000 kWh/año entonces podremos acogernos a la siguiente modalidad de tarifa:
- TUR.4: para consumos superiores a 50.000 kWh/año en comunidades de vecinos
La TUR.4 es una tarifa de nueva creación recogida en el Real Decreto-Ley 18/2022 esta misma semana para permitir que las comunidades de vecinos puedan contratar tarifas reguladas este invierno, algo que era imposible hasta ahora.
Si queremos acogernos a esta modalidad de TUR.4 deberemos cumplir con algunos requisitos adicionales: para empezar, la comunidad de vecinos tiene que estar al corriente del pago de todas las obligaciones económicas contraídas con su comercializadora anterior.
Además, todas las viviendas tienen que disponer de contadores individuales de calefacción y haber realizado en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
Para evitar que los clientes hagan un uso desmesurado del gas, el Gobierno ha introducido una medida de forma que si las comunidades vecinales sobrepasan su consumo respecto a la media de los últimos cinco años, deberán pagar una sobrecarga del 25%.
Documentos y datos que me pueden pedir para hacer el contrato
Una vez que ya tenemos claro con qué compañía vamos a contratar y qué tarifa queremos llega el momento de contactar y solicitar el cambio de nuestra anterior tarifa libre a la regulada o de último recurso. El cambio es gratuito y no puede demorarse más de tres semanas.
Además, la nueva empresa proveedora de gas tiene que encargarse de tramitar el cambio de suministro con la distribuidora y la antigua nos tendrá que enviar su última factura en un plazo máximo de seis semanas a partir de la finalización de su suministro. ¿Qué documentos me pueden pedir?
- Datos personales del titular del contrato: nombre, apellidos, DNI, etc.
- Número de cuenta bancaria donde se domiciliarán los recibos
- Dirección completa del punto de suministro
- CUPS o Código Universal de Punto de Suministro de gas del inmueble. Es un código único que debe aparecer en la factura que ya tengamos y que sirve para su identificación. No está asociado a ninguna persona, propietario o titular del contrato de suministro. No varía desde que se da de alta el punto.
- En algunos casos pueden pedirnos una copia de la escritura de propiedad del inmueble, del contrato de alquiler vigente o de la licencia de primera ocupación si es una nueva construcción.
- Certificado de la Instalación Receptora Individual (IRI) que se realiza cada 5 años y certificado de instalación térmica (RITE): este documento lo suscribe el instalador, que verifica que la instalación cumple con la normativa correspondiente.
Imagen portada | KWON JUNHO
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