Es un paquete de ayudas al que podrán acceder casi 5.000 familias en riesgo de exclusión
Entre los requisitos, estar empadronado en Andalucía o que el precio del alquiler no sea superior a 600 euros
La vivienda, tanto en propiedad como en alquiler, está siendo protagonista en las últimas noticias. La proliferación de pisos turísticos, el encarecimiento del precio del metro cuadrado en las grandes ciudades y el menor parque de viviendas disponible están provocando que muchas familias tengan dificultad para acceder a una casa.
En este sentido, distintas administraciones están ofreciendo ayudas para intentar facilitar el acceso a la vivienda, máxime cuando se trata de familias en situación de vulnerabilidad. A estas está dirigido el paquete de ayudas que ha lanzado la Junta de Andalucía. A continuación, explicamos en qué consiste y cómo se puede acceder a ellas.
En qué consisten y a quién van destinadas
Ha sido la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda la encargada de lanzar una nueva línea de ayudas al alquiler por un valor de más de 17 millones de euros, destinadas a las familias andaluzas en situación de vulnerabilidad.
Se estima que con este montante podrán acceder a un alquiler a precio razonable casi 5.000 familias. En concreto, estas ayudas están dirigidas a personas sin hogar, víctimas de violencia de género, víctimas de desahucio, mujeres que han sido víctimas de trata y otras familias que se encuentran en una situación especial de vulnerabilidad.
Estas ayudas se han convocado por régimen de concurrencia no competitiva y la apertura para poder acceder a ellas tendrá inicio en el mes de julio, justo un mes después de que hayan sido publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Para aprovechar estas ayudas, los gastos subvencionables deben haberse efectuado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. La persona solicitante determinará en su solicitud la fecha de inicio de la actuación, teniendo en cuenta que el importe total de la subvención no deberá exceder los 100.000 euros.
Requisitos para solicitar las ayudas
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda habitual igual o inferior a 600 euros al mes (puede elevarse a 900 euros en supuestos debidamente justificados). En esta cantidad no se puede incluir el coste de una plaza de garaje, trasteros y otros bienes inmuebles.
- Estar empadronado en Andalucía o acreditar residencia en la zona de más de un año de antigüedad. Solo se admite como salvedad una situación que esté motivada y autorizada por los servicios sociales de la comunidad autónoma o la respectiva administración local.
- La vivienda en alquiler debe ser residencia habitual y permanente del solicitante. El solicitante no puede ser propietario o usufructuario de algún otro inmueble en España. Todos estos requisitos se acreditarán con informe de los servicios sociales comunitarios.
- Igualmente, no podrán acceder a estas ayudas los solicitantes si hay una relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con la persona arrendadora.
Documentación a aportar
En el BOJA en cuestión se detalla toda la documentación a aportar en función del grupo al que pertenezca el solicitante de la ayuda.
1 - En el caso de ser víctima de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual y víctimas de violencia sexual:
- Documento o informe emitido por organismos policiales, judiciales y administrativos que acredite la condición de víctima alegada.
- Informe del Instituto Andaluz de la Mujer o del Servicio de Atención a las Victimas.
- Otros documentos emitidos por organismo oficial que acrediten la situación de víctima alegada.
2 - Haber sido objeto de desahucio judicial y/o lanzamiento de su vivienda habitual.
- Orden de desahucio.
- Otros documentos emitidos por organismo oficial que acrediten la situación de encontrase en proceso de desahucio.
3 - Personas sin hogar.
- Informe de la Policía Local.
- Informe de la Dirección del centro(albergue, centro de acogida, pensión....)
- Otros documentos emitidos por organismo oficial que acrediten la situación de encontrase en calle.
4- Personas egresadas de centros de menores tutelados por la Junta de Andalucía.
- Documento emitido por el departamento correspondiente de la Consejería responsable de la tutela de personas menores no acompañadas.
- Certificado de centro de protección del que hayan egresado las personas solicitantes.
- Otros documentos emitidos por organismo oficial que acrediten la situación de haber sido persona tutelada por la Junta de Andalucía.
5- Personas solicitantes de asilo y refugio.
- Documento emitido por un organismo o entidad oficial que acredite que se es persona solicitante de asilo y refugio.
6 - Otras circunstancias de especial vulnerabilidad:
- Con carácter general, informe social de los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local correspondiente, donde se refleje como propuesta de intervención la necesidad de la ayuda de alquiler para vivienda habitual.
- Para el supuesto de personas que sean reconocidas como grandes dependientes la resolución de dicho reconocimiento será la que acredite la circunstancia de especial vulnerabilidad.
Cómo solicitar las ayudas
La convocatoria se abrirá en julio y el plazo de presentación de solicitudes será de un mes. Las solicitudes se podrán presentar de forma telemática o presencialmente en las delegaciones provinciales de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Más información
Para más información sobre las ayudas al alquiler, puedes consultar la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda o llamar al teléfono gratuito 900 25 85 00.
Vía | Ideal
Más información | BOJA y Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
En Xataka SmartHome | Soy presidente de una comunidad de vecinos en Granada y estamos cansados de los pisos turísticos. Así vamos a combatirlos
Ver todos los comentarios en https://www.xatakahome.com
VER 0 Comentario