El pasado 1 de junio de 2021 entró en vigor el nuevo formato de factura eléctrica para usuarios domésticos en España, una revisión que traía importantes cambios sobre todo relacionados con la discriminación por tramos horarios en el consumo, pero también en cuanto a la posibilidad de contratar dos potencias máximas eléctricas en lugar de solo una.
Hasta este verano, lo habitual es que tuviésemos en casa contratada una potencia eléctrica máxima en nuestra vivienda, un valor en kW que marca el límite de nuestra instalación eléctrica. Es el valor máximo que podemos pedirle a nuestra red y si nos pasamos lo que sucede es que saltarán los plomos.
Cuanta más potencia tengamos, más electrodomésticos podremos poner al mismo tiempo, pero esto no nos sale gratis, ya que dicho valor tiene un coste en euros directamente proporcional en nuestra factura a final de mes. El término potencia es un fijo que ha de abonarse aunque no se realice ningún consumo eléctrico y por eso es importante ajustarlo al consumo real que tengamos en casa.
A menor potencia contratada, menor gasto cada mes. Esta cifra que aparece en nuestra factura, normalmente en la sección "Datos del contrato o detalle de la factura", es el resultado del precio que se paga por la potencia y multiplicarlo por la cantidad de kW contratados. De ahí que si queremos rebajar el importe final de nuestra factura sea recomendable averiguar qué potencia necesitamos realmente.
Si decidimos bajar la potencia, el cambio se refleja de forma inmediata, una variación que puede suponer un ahorro de cerca de 5 euros al mes por tramo bajado. Pero además también hay otro ajuste adicional que podemos hacer.
Podemos contratar dos potencias diferentes
Desde que entró en vigor la nueva factura eléctrica en junio, los usuarios sujetos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y que tengan contratados menos de 15 KW como pico de potencia máximo (la mayoría de hogares españoles) pueden además solicitar que se les apliquen dos potencias máximas para dos franjas horarias distintas.
Podemos tener la misma potencia contratada en ambas franjas, o bien una potencia diferente en cada franja. De este modo, quien tenga unas necesidades de potencia más elevadas por ejemplo en periodo valle, como los poseedores de un vehículo eléctrico que lo dejen cargando por la noche, podrán beneficiarse de contratar una potencia superior para el periodo valle y mantener su potencia habitual en el tramo punta.
El horario valle en el término de potencia se establece de lunes a viernes laborables desde las 00:00 a las 08:00. Tanto los días festivos como los sábados y domingo el horario valle dura las 24 horas del día. Esta franja horaria de potencia de luz es donde el precio por cada kilovatio de potencia contratada es más barato. Si vas a necesitar tener una potencia más alta en algunas horas, es recomendable que sea en estas, ya que el kW sale más económico.
La franja horaria punta para la potencia de la luz es la que se distribuye de lunes a viernes (laborables) desde las 08:00 a las 00:00 y es cuando la potencia contratada tiene un coste mayor por cada kW.
Cómo solicitarlo y cuánto me costará
La diferenciación de dos niveles de potencia deberá ser solicitada por cada usuario a su compañía eléctrica, ya que de no hacerlo se aplicará de manera automática la potencia actual contratada para ambos periodos.
Podemos modificar estas potencias contratadas en dos ocasiones en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de mayo de 2022. Estas modificaciones no tendrán coste siempre que no se supere la mayor de las potencias que se tuvieran contratadas con anterioridad al 1 de junio de 2021.
En el caso de que la potencia que se desee contratar supere en algún periodo a la mayor de las potencias que tuviésemos contratada antes del 1 de junio de 2021, habrá que abonar los derechos de acceso y extensión que correspondan.
El consumidor no deberá abonar derechos de actuación siempre que no sea necesaria la actuación in situ de un operario. Una vez agotados los dos cambios, habrá que abonar siempre los derechos de acceso y extensión que correspondan.
Más información | CNMC
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