Hemos instalado cámaras de seguridad en el portal. Para evitar multas, estas son las únicas personas que pueden verlas

Hemos instalado cámaras de seguridad en el portal. Para evitar multas, estas son las únicas personas que pueden verlas

  • Puede acceder a las imágenes en tiempo real y las grabaciones, una persona que la comunidad de propietarios haya designado

  • El acceso por parte de cualquier otro vecino, puede suponer una importante sanción

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Llega el verano y la seguridad cobra más protagonismo que nunca. Dejar nuestra casa protegida frente a ladrones, pero también brindada ante posibles ocupaciones son la excusa de muchos propietarios para instalar una cámara de seguridad. Pero además de viviendas individuales, este sistema de seguridad se ha popularizado también en comunidades de vecinos.

Cada vez más bloques optan por instalar un sistema de vigilancia para controlar el acceso a las zonas privadas y de paso para mejorar la seguridad en el edificio. Sin embargo, y relacionado con este aspecto, está otro, como es el acceso a las grabaciones e imágenes de seguridad. Y es que mucha gente desconoce que no todo el mundo puede tener acceso a las mismas.

Índice de Contenidos (5)

Qué tipo de cámaras hay

Pexels Introspectivedsgn 7635126 Foto de Erik Mclean

Las cámaras de seguridad son un instrumento de gran utilidad a la hora de proteger una vivienda, pero también negocios o instalaciones y espacios comunitarios. Ofrecen una importante sensación de seguridad y tranquilidad, ya que facilitan que en todo momento se puede identificar a la persona que accede a una zona videovigilada.

Al respecto, ya hemos visto los problemas que se pueden presentar, si se coloca una pegatina de seguridad usando la imagen de una empresa sin autorización. Igualmente hemos abordado la problemática de las mirillas y los timbres conectados. Pero hay mucho más.

Conocemos aspectos como el que una cámara de seguridad no puede cubrir zonas públicas y espacios privativos, pero lo que no están conocidos es lo relativo al personal que puede acceder a las grabaciones de dichas cámaras de seguridad y a las imágenes en tiempo real.

De hecho, no cumplir con lo que indica la Ley en este sentido puede provocar una sanción importante al responsable de la instalación. Por eso, y sobre todo, en el caso de comunidades de propietarios, es más que aconsejable conocer qué personal puede tener acceso a estas grabaciones para que no puedan darse problemas con la ley.

Primero que hay que tener claro es que hay cámaras de seguridad que solo permiten ver la imagen en tiempo real de lo que está ocurriendo y no graban. Junto a estas, hay otras que además incorporan un disco duro sistema para almacenar las imágenes en el que las grabaciones de lo que ocurre se quedan registradas durante un tiempo determinado.

En ambos casos, tanto en las que solo ofrecen imagen en tiempo real, como en las que graban, los datos recabados solo están al alcance de personal autorizado. Solo las personas que así establezca la ley, pueden acceder y ver dichas imágenes, sin que eso suponga una violación de los preceptos legales.

Personal autorizado a ver las imágenes

Pexels Olly 941572 Imagen de Andrea Piacquadio

En este sentido, se podrían establecer tres grupos de personas que en principio pueden acceder a las grabaciones e imágenes de las cámaras de seguridad.

Por un lado está el personal de la empresa de seguridad cuando se trata de una instalación contratada y cuyos servicios dependen de una central. En este caso y cuando se produce una alarma, el personal autorizado de esa central puede acceder a la grabación para comprobar el hecho que ha provocado que salte una alerta.

Y en el caso de una cámara instalada en una propiedad particular o una empresa, tendrá acceso a las imágenes obtenidas por la cámara de seguridad de propietario de dicho inmueble. Este acceso será posible gracias a una clave de usuario que permite acceder desde un ordenador o desde una aplicación móvil.

Junto a estas dos grupos hay que tener en cuenta que en instalaciones de gran tamaño, con múltiples cámaras de seguridad, algo que suele suceder en empresas, hay un grupo de personas que integran el equipo de seguridad que están autorizadas para ver las grabaciones de seguridad en caso de un incidente.

Personas que pueden pedir autorización

Pexels Pixabay 532001 Foto de Pixabay

Junto a estos tres grupos que acabamos de repasar, él también otros dos tipos de usuarios que pueden acceder a las grabaciones de seguridad o mejor dicho que pueden solicitar el acceso a dichas grabaciones.

Uno de ellos es el constituido por los Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que en el ejercicio de sus funciones cuentan con la autorización para recabar y solicitar las grabaciones e imágenes de una cámara de seguridad si son necesarias para aclarar un hecho delictivo. Para poder solicitar dicha grabación será necesario la denuncia pertinente.

Además, en el caso de una persona que haya sido afectada por un hecho delictivo, esta tiene también derecho a solicitar las imágenes registradas por las cámaras de seguridad siempre y cuando aparezca en la grabación y se puede usar como prueba en un procedimiento judicial.

Plazos para guardar las imágenes

Pexels Pixabay 60504 Foto de Pixabay

En este sentido y en relación a las imágenes, la ley de videovigilancia y según el artículo 6 de la Directiva 1/2006, se establece que las grabaciones de seguridad solo podrán almacenarse durante un mes (30 días) desde que se realizó la grabación. este plazo solo podrá probarse en el caso de que las grabaciones sean necesarias en un procedimiento judicial con investigación policial y siempre y cuando así lo requieran las autoridades. Pasados esos 30 días de plazo general, se han de borrar las grabaciones de cualquier archivo o soporte en el que pueden estar almacenadas.

Esto es así porque el Reglamento General de Protección de Datos y en general, las normas y el derecho español protegen de forma activa el derecho derecho al honor y a la imagen de las personas. solo la comisión de un delito puede situarse por encima de estos dos derechos.

Quién tiene acceso en una comunidad de vecinos

Camara

En el caso de una comunidad de propietarios que ha instalado un sistema de cámaras de seguridad, como ya hemos visto, una persona víctima de un delito podrá solicitar previa denuncia el acceso al visionado de dichas imágenes, pero siempre protegiendo la intimidad de las personas que pueden aparecer en la grabación.

Además, en el caso de una comunidad de propietarios, será esta la encargada de designar una persona que tenga permisos para acceder a las grabaciones de dichas cámaras. Puede ser un portero, el presidente de la comunidad de vecinos, el administrador... Los vecinos no pueden no pueden tener acceso a dichas imágenes de seguridad bajo ninguna circunstancia. Tan solo aparecen dichas imágenes o son víctimas de algún hecho delictivo, podrán solicitar su visionado.

Foto de portada | Łukasz Klimkiewicz

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