Hasta el 40% de los ascensores deberá reformarse desde el próximo mes: así es la nueva ley de seguridad

La normativa ya ha sido publicada en el BOE y entrará en vigor este mes de julio con nuevos requisitos y condiciones para que los aparatos puedan funcionar

Fred Kleber Tsdsy Zvg5k Unsplash
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El ascensor es un equipamiento imprescindible en los edificios modernos, una máquina a la que muchas veces no prestamos atención pero que nos ayuda a llegar a casa, subir la compra, muebles, etc. de forma más cómoda.

Y aunque tiene su legislación en cuanto a revisiones y funcionamiento se refiere, hace unos meses conocíamos que dichas leyes han sufrido una revisión importante, ya que el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva normativa de seguridad de ascensores que entrará en vigor este mismo mes de julio.

Una nueva normativa e "ITV" para los ascensores

Fascensores

El BOE ha publicó la nueva 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores' que se aprobó el pasado 2 de abril en el Consejo de Ministros,  regulando su puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.

Se trata de una normativa que pretende actualizar los más de un millón de ascensores registrados en España, de los que unos 400.000 llevan más de 30 años en funcionamiento.

¿Cuántos ascensores estarán afectados en total? Pues los que no cumplan la normativa que veremos más abajo. La Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda) calcula que en 2023 había alrededor de 1.180.000 de ellos en España, de los que entre un 35 y un 40% estarán afectados por esta nueva regulación de seguridad.

¿En qué consisten los cambios? Pues el texto incluye nuevas medidas de seguridad obligatorias, como la mejora de nivelación, la detección en puertas con cortinillas y no solo con haz puntual para evitar atrapamientos por las puertas de cabina o nuevas medidas de protección de los usuarios contra los  movimientos ascendentes incontrolados de la cabina.

Además, otras medidas presentes en la normativa son la necesidad de contar con un sistema de comunicación bidireccional en la cabina, la sustitución obligatoria de guías de madera y cilíndricas, la implementación de dispositivos que controlen la carga que tiene el ascensor y la modernización de los contrapesos para que no puedan salirse de la guía.

También se ha regulado el asunto de las inspecciones técnicas de seguridad, que podrán ser iniciales, periódicas, tras la modificación de algún elemento o tras un accidente o fallo del equipo. Y en este sentido las periódicas deberán ahora realizarse de forma obligatoria cada 4 años para edificios con más de 20 viviendas o más de cuatro plantas y en el resto de casos cada 6 años.

Como resultado de estas inspecciones se podrá obtener una serie de indicadores de defectos (leve, grave o muy grave) y el ascensor puede quedar fuera de servicio hasta que se arreglen dichos fallos.

¿Cuándo entrará en vigor la normativa? Pues será de obligado cumplimento a partir del 1 de julio de 2024. Al entrar en vigor la norma en esa fecha, los ascensores que tengan que pasar una revisión desde ese momento deberán estar preparados para cumplir con estos nuevos requisitos de seguridad o de lo contrario deberán pararse y dejar de funcionar.

¿Cuánto costará la implementación de la norma? Se estima que tendrá un coste de 708 millones en siete años para los consumidores españoles, aunque si queremos ser más concretos, Javier de Pedro, responsable de Marketing de la empresa de ascensores Duplex, ha señalado en una entrevista a 20 Minutos que el coste puede oscilar entre los 800 euros por una instalación sencilla de comunicación bidireccional hasta los 30.000 euros que puede costar el trabajo de una adaptación del contrapeso muy complicada.

Más información | BOE

Imagen portada | Fred Kleber

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