El conflicto entre propietarios e inquilinos en casos de impago de alquiler puede generar graves consecuencias legales si no se maneja adecuadamente. Según explica una abogada de Castillo Castrillón Abogados, cambiar la cerradura de una vivienda alquilada sin seguir el procedimiento judicial constituye un delito de coacciones.
Este delito está tipificado en el Código Penal español y sanciona los actos que limitan el derecho del inquilino a la posesión legal del inmueble mientras dure el contrato. Estas acciones pueden implicar penas de prisión de entre 6 meses y 3 años, multas económicas e incluso la obligación de indemnizar al inquilino por los daños ocasionados.
Se debe recurrir a un procedimiento legal y no actuar por nuestra cuenta
Tal y como comentan desde Castillo Castrillón, cuando se presenta un caso de impago, los propietarios no pueden actuar de forma unilateral para recuperar la vivienda. En lugar de ello, deben recurrir al procedimiento legal.
Este proceso comienza con un requerimiento de pago, que consiste en un aviso formal al inquilino exigiendo el abono de las rentas adeudadas. Este paso inicial es fundamental, ya que sirve como un intento de resolver la situación sin necesidad de acudir a los tribunales. Si el inquilino no responde a este requerimiento, el propietario puede interponer una demanda de desahucio.
Una vez presentada la demanda, el caso es evaluado por un juez en un juicio de desahucio. El juez analizará las pruebas y, de considerarlo procedente, emitirá una orden de desalojo. En caso de que el inquilino se niegue a abandonar la vivienda tras la sentencia, el juzgado autoriza el lanzamiento, que será ejecutado por agentes judiciales. Este proceso puede ser largo y frustrante, pero es la única forma legal de recuperar la posesión del inmueble sin incurrir en responsabilidades penales.
Existen alternativas que pueden evitar el procedimiento judicial. Por ejemplo, las partes pueden negociar un plan de pago que permita al inquilino saldar su deuda de manera fraccionada. Otra opción es acordar la rescisión anticipada del contrato, facilitando la salida del inquilino de forma consensuada.
Sin embargo, cuando no es posible alcanzar un acuerdo, la única opción segura para el propietario es seguir el procedimiento judicial, garantizando así que se respeten los derechos de ambas partes y evitando sanciones legales.
Imagen de portada | Maria Ziegler
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