Desde hoy tus nuevos dispositivos y electrodomésticos tendrán tres años de garantía: así es la reforma de la Ley de Consumidores

Desde hoy tus nuevos dispositivos y electrodomésticos tendrán tres años de garantía: así es la reforma de la Ley de Consumidores
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La pasada primavera el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley ómnibus que incluía nuevos derechos y garantías para los consumidores que comprasen un nuevo dispositivo electrónico, electrodoméstico o producto digital, en un intento de apostar por un consumo más responsable y sostenible.

Se trataba de intentar minimizar los efectos de la obsolescencia programada mediante una modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores, que se encuadraba dentro de las directrices propuestas por la Unión Europea en la línea del "derecho a reparar" y que traería dos cambios fundamentales:

  • En primer lugar ampliar la garantía básica de los productos, dispositivos electrónicos y electrodomésticos de los dos años tradicionales en España a tres años
  • En segundo lugar obligar a los fabricantes a prolongar la disponibilidad de piezas de repuesto de todos los equipos que vendan durante 10 años.
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Hasta ahora esta obligación de piezas para reparaciones era solo de cinco años, periodo tras el cuál el consumidor quedaba muchas veces sin la posibilidad de cambiar o arreglar incluso pequeñas averías en sus dispositivos, estando obligado a adquirir un nuevo producto.

Pues bien, la nueva normativa propuesta por el Ministerio de Consumo ha entrado en vigor hoy, 1 de enero de 2022 y supone un paso más en la denominada como "estrategia de economía circular”, un modelo que implica reutilizar, reparar y reciclar los productos para extender su ciclo de vida útil.

Protección extendida sobre contenidos y servicios digitales

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La nueva normativa también se aplicará por primera vez sobre los contenidos y servicios digitales, que deberán ofrecer al menos dos años de garantía (uno menos que en el caso de los productos físicos). Unos contenidos que "no cuestan dinero al consumidor sino que se obtienen a cambio de sus datos personales", según Ministerio de Consumo. Entre los productos recogidos en esta categoría se incluyen "programas informáticos, aplicaciones, archivos de vídeo, archivos de audio, archivos de música, juegos digitales, libros electrónicos u otras publicaciones electrónicas".

A su vez, los servicios digitales serán todos aquellos que "permitan crear, tratar, acceder o almacenar datos en formato digital", lo que incluye el software de intercambio de vídeos y audio y otro tipo de alojamiento de archivos, el tratamiento de textos, los juegos online, las redes sociales, el correo electrónico y los servicios de mensajería instantánea.

La ampliación de los plazos de garantía a tres años también implica que durante los dos primeros años el consumidor no tendrá que demostrar la falta de conformidad del producto, lo que facilitará la reparación en este periodo, ya que bastará con demostrar que el bien, contenido o servicio digital no es conforme a lo acordado, sin necesidad de tener que justificar su falta de conformidad en el momento de la entrega, como era necesario hasta ahora.

La reforma incorpora también la durabilidad de un producto como "criterio objetivo" para que el consumidor evalúe si está de acuerdo con la compra. De este modo, en el caso de que un producto no tenga la durabilidad que el fabricante y el consumidor hubiesen pactado a través del contrato de compra en un principio, el cliente podrá elegir entre la reparación o la sustitución del mismo por uno igual o equivalente en prestaciones.

Más información | BOE | Ministerio Consumo

Foto portada | Kilian Seiler

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