Esto es lo que hay que hacer con los ascensores a partir del 1 de julio para que no se queden fuera de servicio

  • Dependiendo del tipo de edificio y viviendas, los ascensores deberán de pasar por revisión cada varios años

  • La nueva normativa publicada en el BOE también incluye mejoras y mantenimiento del servicio en un plazo de siete años

Ascensor
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Si en tu edificio dispones de un ascensor, debes saber que próximamente entrará en vigor una nueva normativa que afectará a todo el parque de ascensores en España. El pasado 2 de abril, el Consejo de Ministros aprobó una nueva ley que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 13 de abril. La nueva normativa entrará en vigor el próximo 1 de julio y en este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre ésta para que no te pille por sorpresa.

Con más de un millón de ascensores en España, unos 400.000 de ellos llevan funcionando durante más de 30 años. Por motivos de seguridad y mantenimiento, se aprobó una nueva normativa, la ‘Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores’. Esta normativa regula la puesta en marcha del servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, con el objetivo de ofrecer mayor seguridad al parque actual de ascensores en el país.

Revisión obligatoria y responsabilidad del presidente de la comunidad

El Gobierno ha reservado unos 708 millones de euros para ejecutar esta nueva normativa, la cual entra en vigor el próximo 1 de julio y se abordará durante los próximos siete años. La normativa obligará actualizar muchos de los ascensores existentes en España, así como la realización de revisiones frecuentes. Si uno de estos ascensores no cuenta con las revisiones en regla, deberá ser paralizado, quedando fuera de servicio hasta que se solucione el problema.

ascensor Imagen: Arisa Chattasa (Unsplash)

Para que el ascensor cumpla con todas las normativas establecidas, los propietarios de ascensores que se instalan por primera vez en un edificio deben de presentar una serie de documentos a la administración de su Comunidad Autónoma. Entre los documentos se encuentra la ficha técnica de la instalación, la declaración de conformidad con la normativa de la Unión Europea, el manual de funcionamiento, el contrato de mantenimiento actualizado o el certificado inicial de inspección.

Si el ascensor ya se encuentra en funcionamiento, tendrá que pasar por una revisión para garantizar su correcto funcionamiento y así demostrar que mantiene las medidas de seguridad pertinentes. Muchos de estos ascensores tienen más de 30 años en España, por lo que conviene que pasen a revisión para minimizar riesgos.

Según se puede leer en la normativa publicada en el BOE, a partir de ahora será el presidente de la comunidad de propietarios de un edificio el responsable de que los ascensores se sometan a las revisiones periódicas. Para ello deberá de contratar a una empresa dichas revisiones para que se lleven a cabo dentro del plazo estipulado. Hasta ahora, lo más común era que en un paquete se incluyera tanto mantenimiento como revisiones, sin embargo, a partir del 1 de julio, si el ascensor no tiene la revisión en regla, la empresa encargada de su mantenimiento deberá paralizar su servicio.

Para realizar las inspecciones habrá un plazo de dos años para edificios industriales o pública concurrencia, y cada cuatro años para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de cuatro plantas. Para el resto de casos, las revisiones serán cada seis años y en ellas se detallará el estado de los defectos (leve, grave o muy grave) y las consecuencias de los mismos.

La normativa incluye además una serie de mejoras a implementar en todo el parque de ascensores, como la mejora de la nivelación, la detección de puertas con cortinillas para evitar atrapamientos por las puertas de la cabina, o la protección de personas contra movimientos incontrolados de la cabina mientras se realiza la ascensión o en reposo con las puertas abiertas.

Los ascensores también deberán tener comunicación bidireccional integrada (un teléfono para poder contactar con los centros de rescate en caso de emergencia), e implementar la sustitución de guías de madera o cilíndricas, la implementación de dispositivos de control de carga o la modernización del contrapeso, para que los pesos no salgan de la guía, siempre y cuando no sean ascensores históricos.

También se añadirán medidas de seguridad para facilitar la movilidad y la accesibilidad universal; reduciendo los peldaños que a veces se producen en las paradas del ascensor en planta. Además, el ascensor debe de contar con protecciones para evitar el cierre de puertas mientras los usuarios entran o salen.

Imagen de portada | Point3D Commercial Imaging Ltd.

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