Poner una tele en una plaza para ver el fútbol sale caro. 600 euros es la multa que han puesto a este negocio para ver la Eurocopa

  • El responsable de la cafetería sacar una tele con sonido para que los usuarios pudiesen ver el fútbol cómodamente

  • El problema es que carecía de auto autorización para instalar un equipo de este tipo y la sanción propuesta es de 600 euros

Fútbol
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Que el fútbol levanta pasiones es algo que a estas alturas no vamos a descubrir. Ya no es solo el fútbol a nivel de clubes. Quizás un poco más lejos llega aún el deporte rey cuando se trata de selecciones nacionales, y el más reciente éxito de La Roja en las celebraciones multitudinarias tras ganar la Euro 2024 así lo demuestra.

Sin embargo, además de pasiones, en algunos casos el fútbol también abre la cartera. Y si no, que se lo digan a un usuario en Salamanca, responsable de una de las cafeterías más veteranas de la ciudad, situada en la Plaza Mayor. Decidió instalar una pantalla con altavoces en el exterior, y el atrevimiento le puede salir muy caro.

Un partido muy caro

Eurocopa

Con motivo de la final de la Euro 2024, de la que más tarde la selección española saldría ganadora, el propietario de esta cafetería en Salamanca decidió instalar en la Plaza Mayor un televisor para que los clientes pudiesen ver el partido sin problema alguno.

El problema es que este hecho ha provocado que el Ayuntamiento de Salamanca haya propuesto una sanción por la comisión de estos hechos: instalar una televisión con sonido en una terraza sin la pertinente autorización.

Los hechos, que se remontan al pasado 5 de julio de 2024, son los siguientes: el usuario decidió instalar un televisor para ver el partido de fútbol. Fue la Policía Local de Salamanca la encargada de dejar constancia de una posible infracción administrativa de carácter muy grave contemplada en la Ordenanza Municipal reguladora de la instalación de terrazas en la Plaza Mayor.

La infracción consistía en el uso de altavoces, instrumentos electrónicos, micrófonos, amplificadores, reproductores de sonido o imagen en las terrazas, sin autorización. En concreto, aparece tipificada en el artículo 21.3 de la citada ordenanza:

"No se permitirá la utilización de altavoces, instrumentos electrónicos, micrófonos, amplificadores, reproductores de sonido o imagen, salvo autorización municipal expresa y con carácter excepcional."

Tras los hechos, se abrió expediente sancionador, por lo que el afectado cuenta con 15 días para presentar las alegaciones pertinentes. Si no se presentan dichas alegaciones, se considerará como propuesta de resolución y se impondrá una multa de 600 euros en ausencia de situaciones de reincidencia. La sanción podrá verse reducida en un 50% sobre la cuantía final por pronto pago.

Vía | Salamanca Hoy

Imagen portada | Save the Dream (Flickr)

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