El Bono Social en la factura de la luz: qué es, qué descuento ofrece y requisitos para solicitarlo

El Bono Social en la factura de la luz: qué es, qué descuento ofrece y requisitos para solicitarlo
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Con el precio de la energía disparado rompiendo máximos históricos de forma aparentemente imparable, buscar la mejor forma de ahorrar en la factura de la luz aprovechando los tramos horarios y aplicando trucos domésticos en nuestro día a día puede que no sea suficiente como para rebajar el gasto en electricidad a final de mes.

Sin embargo, hay todavía otra opción más que podemos tratar de utilizar y que quizá resulta algo desconocida para el consumidor medio. Se trata del conocido como "Bono Social", un mecanismo de descuento en la factura eléctrica fijado por el Gobierno, que trata de proteger a los colectivos de consumidores más vulnerables.

Qué es el Bono Social y cuáles son los descuentos que ofrece

Según podemos leer en la web del Gobierno, el Bono Social de la electricidad es básicamente un descuento en la factura eléctrica que se aplica sobre el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), con un límite máximo de energía anual bonificada de entre 1.380 KWh para una unidad familiar sin menores o por un consumidor individual, y hasta 4.140 KWh para una unidad familiar formada por familia numerosa.

Bono Social Limites

El Bono Social ofrece un 25% de descuento en el precio del PVPC para consumidores "vulnerables" que cumplan los requisitos establecidos que veremos en el siguiente apartado, aunque excepcionalmente, hasta el 30 de abril de 2022 el descuento será del 60%. Si el consumidor cumple además los requisitos para ser considerado como "vulnerable severo" los descuentos suben hasta el 40% de forma general y hasta el 30 de abril de 2022 asciende al 70%.

Además, con motivo del COVID-19 se han establecido nuevos posibles beneficiarios para el Bono Social, considerando como consumidores vulnerables a aquellos que estén en situación de desempleo, afectados por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o en caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada e ingresos por motivo de cuidados o circunstancias similares.

Requisitos para solicitar el Bono Social

Si queremos solicitar este descuento del Bono Social de la electricidad deberemos cumplir con una serie de requisitos, tanto en nuestro contrato de suministro eléctrico como en nuestra situación económica personal, como podemos ver a continuación:

  • En primer lugar, debemos tener contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) en la vivienda habitual con una potencia contratada igual o inferior a 10kW y el solicitante debe ser el titular del contrato.

  • Además, este PVPC debe estar contratado con las comercializadoras de referencia que establece el Gobierno rellenando y solicitando el correspondiente formulario en su web, presencialmente o poniéndonos en contacto por teléfono o por correo en las direcciones que podemos ver en la siguiente tabla:

Comercializadora de Referencia

Teléfono para el contacto

Dirección postal

Correo Electrónico

Endesa Energía XXI, S.L.U.

800 760 333

Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla

email

Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U.

900 200 708

Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid

email

Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.

900 100 283

Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid

email

Baser Comercializadora de Referencia, S.A.

900 902 947

Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo

email

Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U.

900 10 10 05

Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander

email

Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.

900 814 023

Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 - 33080 Oviedo

email

Teramelcor, S.L.(para Melilla)

800 007 943

Aptdo. Correos 6 52006 Melilla

email

Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U. para Ceuta

900 106 004

Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta

email

  • Tenemos también que cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos, pudiendo solicitar el Bono Social todo sujeto considerado "consumidor vulnerable", "consumidor vulnerable severo", "consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social" o "ser consumidor vulnerable a causa del COVID-19" según los criterios legales, siempre que reúna las siguientes condiciones generales:

    A.- Para ser considerado "consumidor vulnerable" deberemos cumplir con estos requisitos que podemos encontrar detallados en la web del Ministerio o resumidos en la tabla al final de este apartado.

    B.- Para ser considerados como "consumidor vulnerable severo" deberemos cumplir con estos requisitos que podemos encontrar detallados en la web del Ministerio o resumidos en la tabla al final de este apartado.

    C.- Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

    D.- Para que un consumidor pueda ser considerado consumidor vulnerable por COVID-19 debe acreditar que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias: En situación de desempleo, afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE) o en caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos. Además, se deben cumplir los requisitos económicos descritos en esta web del Ministerio.

Rentas Maximas Bono Social Tabla 44

Otras ventajas del Bono Social de la electricidad

El Bono Social de electricidad permite también disponer de facturas eléctricas más claras, sin letra pequeña, en las que lo que se paga es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales que a veces pueden engordar la factura.

Además, los beneficiarios del Bono cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores y que asciende a 4 meses desde la primera notificación de impago, en lugar de los 2 meses habituales.

Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago si hay un menor de 16 años en la unidad familiar, o una persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.

Más información | Ministerio para la Transición Ecológica | Controlas tu nergía | CNMC

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